Nuevas bases para las ayudas a la realización de proyectos de I+D por organismos de investigación y empresas

Nuevas bases para las ayudas a la realización de proyectos de I+D por organismos de investigación y empresas

Nuevas bases para las ayudas a la realización de proyectos de I+D por organismos de investigación y empresas

Dentro de las modificaciones presentes en estas nuevas bases, se localizan las siguientes.

En cuanto al personal investigador, se matiza la limitación de tener dedicación única al proyecto o compartida en un máximo de dos proyectos. Se especifica para el investigador principal que se debe tener preferentemente dedicación única al proyecto. La presentación de una solicitud como investigador principal es incompatible con la presentación de otra solicitud como tal o como miembro del equipo de investigación o de trabajo en la misma convocatoria o en otra anterior, que al amparo de estas bases se encuentre vigente salvo, que el plazo de ejecución del proyecto subvencionado en dicha convocatoria anterior haya finalizado.

En el caso del resto de componentes del Equipo de investigación, se debe tener preferentemente dedicación única al proyecto o compartida en un máximo de dos proyectos de una misma convocatoria o de otra convocatoria anterior, que al amparo de las presentes bases se encuentren vigentes salvo, que el plazo de ejecución del proyecto subvencionado en las convocatorias anteriores haya finalizado.

Se añade un requisito más de documentación que anexar al formulario electrónico de solicitud. El investigador principal deberá anexar la siguiente documentación obligatoria: En el caso de integración en el equipo de investigación de personas con discapacidad y a efectos de lo previsto en la base 18.3, certificación acreditativa del grado de discapacidad correspondiente.

Dentro de los criterios de evaluación, se añaden a los científicos los siguientes:

  • Proyectos en los que ninguno de los sexos esté representado en menos de un 40% del total de miembros del equipo de investigación.
  • Proyectos en los que la investigadora principal sea mujer.
  • Proyectos en los que el grupo de investigación integre al menos a un miembro con un porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%.

Por tanto, el proceso de evaluación de las solicitudes que reúnan los requisitos previstos para su admisión, constará de dos fases, una primera científica y una segunda en la que se valorarán los criterios anteriormente mencionados.

Para ver el documento completo, vea el siguiente enlace.

Para ver la anterior convocatoria, vea el siguiente enlace.