Ayudas por la Fundación Biodiversidad 2018
Bases
Anuncio “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Convocatoria “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Anuncio “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
Convocatoria “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
Anuncio "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
Convocatoria "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
A efectos comparativos con las ayudas anteriores, les facilitamos el enlace a las Ayudas Fundación Biodiversidad 2017, enlace 1, enlace 2
Objeto (general)
Estas ayudas tienen por objeto:
1. Apoyar la realización de actividades relacionadas con la biodiversidad y el medio ambiente, siempre que se adecuen directamente a los fines de la FB previstos en sus Estatutos, y que presenten mayor idoneidad para recibirla con arreglo a los criterios establecidos.
2. Solo se apoyarán actividades que guarden relación directa con las Líneas de Actuación que integran el Plan de Actuación aprobado anualmente por el Patronato de la FB, y que, a fecha de publicación, son las siguientes:
▪ Biodiversidad terrestre.
▪ Biodiversidad marina y litoral.
▪ Cambio climático y calidad ambiental.
▪ Economía y empleo verde.
▪ Relaciones internacionales.
Objeto para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Ayudas para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre y biodiversidad marina y litoral, así como para la realización de proyectos y actividades de información y sensibilización ambiental siempre que se relacionen directamente con los fines de la Fundación Biodiversidad previstos en sus Estatutos, se adecúen al marco competencial constitucionalmente establecido y presenten mayor idoneidad para recibirla con arreglo a los criterios establecidos.
Objeto para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
El objeto de estas ayudas es la cofinanciación de proyectos LIFE aprobados por la Comisión Europea en aspectos relacionados con la naturaleza y la biodiversidad.
Objeto para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
La cofinanciación de actividades de colaboración y representación llevadas a cabo por determinadas organizaciones no gubernamentales, cuyo objetivo principal es la defensa de la protección del medio ambiente, en diversos órganos estatales e internacionales de participación pública para la elaboración, implementación y seguimiento de las políticas medioambientales entre la Administración General del Estado y los sectores sociales y económicos relevantes, siendo los interlocutores institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una política y una planificación general medioambiental en beneficio del interés general.
Beneficiarios (general)
Podrán participar en las convocatorias:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
b. Los organismos públicos de investigación, universidades públicas, corporaciones de derecho público profesionales y aquellas que tengan como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.
c. Las administraciones públicas y entidades locales que estén integradas en redes o programas de ámbito estatal o comunitario.
d. Las entidades mercantiles, u otras personas jurídicas, públicas o privadas, en los casos y con las especificidades y requisitos exigidos en cada convocatoria. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, estas subvenciones se acogen al Régimen de mínimis en virtud del cual la subvención total, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000,00 euros, o superior a 100.000,00 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en cuestión, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la subvención concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. El citado Reglamento se aplicará a las subvenciones concedidas mediante estas Bases Reguladoras, y no serán acumulables con ninguna otra subvención correspondiente a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación da lugar a una intensidad de la subvención superior a la establecida para cada caso en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión. Para el cómputo de los límites de este régimen de ayudas se tendrá en cuenta el concepto de «única empresa» establecido en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Quedan expresamente excluidas las empresas en crisis según lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
Beneficiarios de “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Podrán participar en la convocatoria, para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, marina y litoral, el cambio climático y la calidad ambiental:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
b. Los organismos públicos de investigación, universidades públicas, corporaciones de derecho público profesionales y aquellas que tengan como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.
Para la realización de proyectos relacionados con la información ambiental podrán ser beneficiarios las entidades mercantiles, u otras personas jurídicas, públicas o privadas, en los casos y con las especificidades y requisitos exigidos en cada convocatoria. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, estas subvenciones se acogen al Régimen de mínimis en virtud del cual la subvención total, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000,00 euros, o superior a 100.000,00 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en cuestión, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la subvención concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. El citado Reglamento se aplicará a las subvenciones concedidas mediante estas Bases Reguladoras, y no serán acumulables con ninguna otra subvención correspondiente a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación da lugar a una intensidad de la subvención superior a la establecida para cada caso en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión. Para el cómputo de los límites de este régimen de ayudas se tendrá en cuenta el concepto de «única empresa» establecido en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Quedan expresamente excluidas las empresas en crisis según lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
Beneficiarios para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
1. Podrán participar en las convocatorias:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Beneficiarios para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
Aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en los apartados 4.1.a) y 4.2 y 4.3 de las Bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia no competitiva para la realización de actividades relacionadas con las líneas de actuación de la Fundación Biodiversidad. Las entidades deben reunir, además, los requisitos descritos en la convocatoria.
Cuantía para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 50.000 € para las líneas de actuación biodiversidad terrestre y biodiversidad marina y litoral, y de 25.000 € para proyectos relacionados con la información ambiental.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%. Excepcionalmente para las 7 especies en situación crítica de la línea BT4 la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público.
Cuantía para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 1.000.000 €. El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 200.000 €.
El importe máximo de la ayuda concedida a cada solicitud no podrá superar el 90% del total de la contribución propia prevista por la entidad solicitante al proyecto LIFE, ni el 90% del total de la contribución propia en la solicitud presentada. Para el primer caso, en este cálculo se deberán tener en cuenta las cuantías que hayan sido concedidas a dicha entidad en otras Convocatorias de Ayudas de la FB para la ejecución del proyecto LIFE que motiva esta solicitud.
Cuantía para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 200.000€. El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 55.000€.
Plazo de presentación para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta las 14:00 horas (hora peninsular) del día 30 de abril de 2018, en los términos y condiciones especificados en las Bases Reguladoras.
Plazo de presentación para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta las 14:00 horas (hora peninsular) del día 16 de octubre 2018, en los términos y condiciones especificados en las Bases Reguladoras aplicables a esta Convocatoria.
Plazo de presentación para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
El plazo para presentar solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. El último día de presentación de las solicitudes finalizará a las 14:00 horas (hora peninsular). Publicado a día 05 de febrero de 2018.