Plan anual integrado de ayudas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital para el año 2017
Se instruye también sobre diversas medidas dirigidas a mejorar su tramitación.
La presente Orden, que tiene tan solo carácter programático, de modo que su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de ayudas, sin perjuicio de que se prevean distintas medidas que se consideran necesarias para agilizar su tramitación y para facilitar el cumplimiento de los principios generales relativos a la gestión de las subvenciones y ayudas públicas establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con arreglo a esa naturaleza, la Orden responde a dos objetivos fundamentales:
El primero, facilitar el acceso a las ayudas de los potenciales beneficiarios propiciando la máxima transparencia a través de una programación global de las principales ayudas del Departamento, todo ello de acuerdo con la directriz de ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública impulsada por distintas medidas, y especialmente por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El segundo, la búsqueda de la máxima eficiencia en la asignación de los fondos públicos, y en la previsión de medidas que mejoren la calidad en la tramitación de las ayudas con una clara orientación hacia objetivos y resultados, potenciando el papel de los ciudadanos y empresas mediante el desarrollo de la participación, la transparencia y la utilización de medios electrónicos.
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